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Somos un equipo jurídico dedicados a la actividad de defensa y promoción   de los Derechos Humanos

Somos Gutiérrez & Asociados, Estudio Jurídico,
Somos un equipo jurídico  dedicados exclusivamente a la defensa de los Derechos Humanos del mundo popular. Nuestro equipo ha respondido a las necesidades de cientos de casos de derechos humanos,    procesos judiciales desde el golpe militar de 1973,   trabajando en   muchos casos de tortura, ejecuciones y desapariciones  . Abogados comprometidos y preocupados por lo que sucede en Chile   y los derechos humanos.

 

 
 
 
 
abogados, Ingenierios, sicólogos. COMUNICAdores

Nuestro Equipo de profesionales...

evidencias, requisitos, DEMandas e indemnizaciones

Preguntas Frecuentes

Soy víctima calificada de prisión política y tortura por la Comisión Valech, no fuí reconocido(a) por el Estado quiero demandar, además  mis padres sufrieron prisión política y tortura nunca demandaron al Estado  qué debo hacer ??

  1. ¿Qué evidencia es necesaria para respaldar mi caso? La evidencia que utilizamos es fundamentalmente el conjunto de antecedentes que posee de su caso el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de su caso, que sirvió para calificarlo como víctima por la Comisión Valech. Si no es una víctima que aparezca en las listas de las comisiones Valech, y no tiene tampoco ninguna calificación oficial de víctima, será necesario que acredite con documentos, testigos o cualquier otro medio, las circunstancias de su prisión o tortura y de los daños. Eventualmente se podría iniciar una querella penal, para poder investigar los delitos que se hayan cometido en su caso.
  1. El monto de la indemnización corresponde a una reparación integral por los daños extrapatrimoniales o daño moral. En este tipo de demandas, el Juez tiene la misión de avaluar el daño conforme a su conocimiento, criterio y prudencia, de acuerdo a las circunstancias específicas de su caso. El monto puede variar según haya o no sufrido prisión, violencia innecesaria, violencia policial, militar, violencia sexual, tortura, relegación, exilio, etc. A su vez, también importa el tiempo que estuvo prisionero o bajo tortura, y las secuelas físicas o psicológicas que hayan generado en su persona.
  1. Para efectos de la demanda civil de indemnización, el autor material o intelectual de los delitos de lesa humanidad no tiene importancia, más que como referencia en el relato de los hechos. Más bien, en estos casos, es el Estado el responsable del daño causado, y se demanda al Estado, independiente de si el autor ha sido identificado, juzgado o condenado, o si no se ha identificado a una persona en particular. Distinto es el caso de las querellas penales, en las que se persigue la responsabilidad penal en los delitos cometidos en contra de un compañero. En esos casos, si es importante determinar al responsable, ubicarlo y someterlo a proceso. Pero la calidad de víctima es independiente a que se haya identificado a los responsables directos.
  1. La demanda civil y la querella penal se diferencian en sus objetivos. La demanda civil busca una indemnización consistente en un monto que responda al concepto de reparación integral de los daños que hayan sido prudentemente avaluados por el Juez civil. En cambio la querella criminal persigue identificar los responsables directos e indirectos de la prisión política y/o torturas infligidas a la persona, y condenarlos como autores, cómplices o encubridores de dichos delitos. Además, los Tribunales ante los que se ventilan son distintos, y los procedimientos son diferentes y están contenidos en distintos Códigos Legales.

Far far away, behind the word mountains, far from the countries Vokalia and Consonantia, there live the blind texts. Separated they live in Bookmarksgrove right at the coast of the Semantics, a large language ocean.

 

 

HISTORIA, SERVICIOS y ASESORIAs

Hugo Gutiérrez G. 
Abogado y

Defensor de los Derechos Humanos

HUGO GUTIÉRREZ, Abogado y defensor de los Derechos Humanos , como miembro de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (Codepu , actuó como Abogado querellante en varias causas de violación a los derechos humanos cometidos en Chile durante la dictadura cívico- militar como en el caso Caravana de la Muerte y más tarde en el desafuero del ex senador vitalicio Augusto Pinochet Ugarte. Además encargado del área de Derechos Humanos del Partido Comunista e integrante de las comisiones de Derechos Humanos del Parlamento en el año 2016 y otros.  Asimismo formó parte del Consultorio de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, sucesor de causas penales de la Vicaría de la Solidaridad.